miércoles, 19 de junio de 2013

LA DEFENSA PUBLICA EN LA MESA DE JUSTICIA

LA DEFENSA PUBLICA EN LA MESA DE JUSTICIA
(Alejandro Arango Díaz)

En la actualidad y desde hace aproximadamente trece años me desempeño profesionalmente como Defensor Público de la Defensoría del Pueblo en el área Penal Ordinario, mi función es la de suministrarle a aquellas personas que carecen de recursos económicos suficientes, una Defensa Técnica de calidad dentro de los procesos penales en los cuales se vean vinculadas.

En los sistemas penales acusatorios puros, como los anglosajones, la mesa de la justicia está conformada por el Juez o Tribunal y el Jurado de Conciencia, la Fiscalía y La Defensa, y que podemos esquematizar de la siguiente manera:


Como se puede observar, existe un equilibrio total entre las partes, pues el Juez simplemente es un arbitro que sólo anuncia el veredicto que el Jurado de Conciencia toma sobre la responsabilidad de un acusado, el Juez es el encargado de mantener el orden dentro del juicio y hace observar las reglas propias de cada juicio; por su lado la Fiscalía es la encargada de acusar a los presuntos autores de hechos delictivos para que sean juzgados, y la Defensa debe procurar defender los derechos del acusado y velar por la no violación de los derechos fundamentales del mismo.  En este sistema, la Fiscalía y la Defensa tienen una permanente comunicación e interacción negociando los términos de la acusación e inclusive de la pena a imponer, pues la finalidad del sistema es llevar el menor número posible de casos ante los jueces para adelantar juicios orales; en otros términos la justicia se negocia en los despachos de los Fiscales.

Contrario al sistema antes descrito, el sistema penal Colombiano es con tendencia acusatoria, es decir no es puro como el anglosajón, sino que hicimos una adaptación a nuestra propia realidad política, social y jurídica, y entonces en Colombia en el área penal podemos decir sin temor a equivocarnos que la  mesa de justicia está compuesta por el Juez, la Fiscalía, la Defensa, el Procurador Delegado y el Representante de Víctimas, lo cual podemos esbozar así:


El equilibrio que debe existir en la mesa de la justica, cuando son solo dos partes activas (Fiscalía y Defensa) las que actúan frente a un árbitro (Juez), y que han logrado establecer de forma eficiente los anglosajones, en nuestro sistema colombiano se ve resquebrajado, pues como puede verse son no dos partes iguales sino varias partes desiguales, pues de un lado encontramos a la Defensa, y del otro lado encontramos a la Fiscalía, las Víctimas y la Procuraduría en representación de la sociedad, y estas últimas tres generalmente coinciden en sus pretensiones y argumentos, lo que definitivamente hace que la carga de defensa sea mucho mayor, puesto que tiene que responder a tres frentes simultáneos y que desequilibran la balanza de la justicia; lo anterior aunado al hecho que el Juez de conocimiento en muchas ocasiones está contaminado con anterioridad a la realización del juicio oral.

La labor de la Defensa Pública se hace mucho más difícil, pues la Fiscalía cuenta con todo una organización de investigación criminal que está permanentemente a su servicio para poder esclarecer los crímenes, mientras que en nuestro caso contamos con escasísimos recursos humanos, logísticos y pecuniarios, lo que hace casi que imposible tener acceso a medios idóneos para poder respaldar una teoría del caso en la defensa.

De otro lado, las normas que han reglamentado el código de procedimiento penal y las reiteradas sentencias de las altas Cortes (Suprema y Constitucional), han desequilibrado esa balanza de justicia, pues la participación de la víctima que en principio era residual y prácticamente al final del proceso penal, ahora se ha convertido en una participación proactiva y desde el inicio de la investigación penal, con lo cual la Defensa tiene que custodiar otro flanco de ataque adicional.

Ahora bien, en los sistemas anglosajones los intereses de la sociedad son cuidados por el Juez, pero en nuestro sistema, y para justificar de alguna forma la burocracia, se le entregó ese papel a los Procuradores Judiciales, quienes en el caso del proceso penal, y con muy contadas excepciones, se convierten en otros fiscales que solamente procuran por la condena de un acusado, este es otro factor desequilibrante de la justicia.

Por último quiero referirme a un aspecto que es muy interesante, la contaminación del Juez, pues considero que en nuestro sistema al llegar al Juicio Oral, éste se encuentra contaminado, pues desde la Audiencia de Formulación de Acusación conoce de los hechos y los medios de conocimiento, a tal punto que en la Audiencia Preparatoria determina cuales de ellos son admisibles y cuales no; en sistemas anglosajones no sucede esto, pues al Juez se llega con todos los elementos de prueba y evidencia física, sin que él los conozca y se realiza el Juicio Oral con la mente de este funcionario en blanco; una solución en Colombia podría ser aplicar la solución que tiene el estado Venezolano, allí el Juez de Control de Garantías conoce de todas las actuaciones incluida la Audiencia Preparatoria de la cual se levanta un acta que contiene las estipulaciones probatorias y las pruebas a practicar en Juicio Oral, acta que se le envía al Juez de Conocimiento para que él desarrolle el juicio, y con esto se logra que su mente sea como un lienzo en blanco que deberá llenar con las pruebas practicadas, para así tomar su decisión final o veredicto.

Como vemos nuestro panorama es muy desalentador como Defensa Pública, pues además de representar a la población más vulnerable del Estado, debemos realizar una defensa no en un solo frente sino en varios, lo que definitivamente dificulta mucho nuestra labor.


Propongo una reforma en la cual se elimine la participación de las Víctimas y del Procurador, puesto que las primeras podrán como en el sistema anglosajón, acudir ante la jurisdicción ordinaria civil para buscar una reparación de los daños, y el cuidado de los intereses de la sociedad deberá estar en cabeza de la administración de justicia y más exactamente en los Jueces de Conocimiento.

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